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sábado, 27 julio 2024

Pánico en Hacienda

EspañaPánico en Hacienda

En unas semanas el Tribunal Supremo va a decidir si los contribuyentes tenemos que pagar los daños de los estados de alarma inconstitucionales del COVID

Mientras en el PSOE han encargado a todas sus terminales mediáticas (mira esta captura de la portada del diario El País de hoy mismo) que tengan entretenida a la población con el beso de la Jenny y el Rubi o con la polémica de los pinganillos, existe una realidad que no sale a la luz en los medios de comunicación controlados por el Gobierno, es decir, casi todos, en la que se juegan los dineros de verdad. En esta ocasión lo serio es que la disputa puede acabar teniendo un coste monumental para la Hacienda Pública y eso significa que lo vamos a acabar pagando tú y yo. Te lo explico.

Esta semana el Tribunal Supremo celebra las primeras vistas orales sobre los recursos que ha recibido de establecimientos del sector de la hostelería (bares, restaurantes y hoteles principalmente) para ser compensados por los daños y perjuicios que les ocasionaron los cierres impuestos a causa de la pandemia del coronavirus.

En una sentencia de 14/7/2021 el Tribunal Constitucional estableció que el primer estado de alarma decretado por el Gobierno era inconstitucional y los confinamientos ordenados bajo ese estado de alarma fueron por tanto ilegales, lo que abre la puerta a todo tipo de reclamaciones de quienes fueron obligados a echar el cierre de sus establecimientos. A nivel nacional existen miles y miles de denuncias que han seguido todos los trámites hasta llegar al Tribunal Supremo.

Los establecimientos de hostelería cuya indemnización se discute ahora en el Tribunal Supremo han seguido un largo procedimiento administrativo en el que tuvieron que solicitar a la Administración que les abonara el importe de los daños y perjuicios padecidos por las órdenes de cierre de sus establecimientos. Todas esas reclamaciones fueron rechazadas por la administración; en algunos casos de forma expresa pero en la inmensa mayoría de ellos mediante esa herramienta tan particular que tiene la Administración que es el silencio administrativo, lo que siempre se ha llamado dar la callada por respuesta.

Por ahora unas 1.000 reclamaciones han llegado hasta el Tribunal Supremo pero hay otras 9.000 todavía en vía administrativa y es lógico suponer que si estas reclamaciones prosperasen y el Tribunal Supremo confirmara que los establecimientos que tuvieron que cerrar a partir de marzo de 2020 tienen derecho a una indemnización, y habría una cascada de reclamaciones que ya podría empezar a extenderse no sólo entre los establecimientos de hostelería sino entre todos los sectores que fueron obligados a echar el cierre. Es fácil entender que esto sería una losa gravísima para las cuentas públicas y que todo se debe a la torpeza del gobierno de socialistas y comunistas.

Ahora el Tribunal Supremo va a empezar el análisis de siete recursos elegidos entre los miles presentados para establecer una pauta general sobre esta reclamaciones generales, lo que el lenguaje técnico se llama unificación de doctrina. El meollo de la cuestión está en que la sentencia de 14/7/2021 donde se declara inconstitucional el confinamiento que dictó el gobierno al amparo del primer estado de alarma establece que los ciudadanos no podían reclamar nada al Estado en base a lo que fuesen obligados a hacer dentro de ese confinamiento pero tiene una coletilla que dice literalmente “sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio”. Ese artículo 3.2 dice que “Quienes a consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados sufran, de forma directa, o en su persona, derechos o bienes, daños o perjuicios por actos que no le sean imputables, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes”.

Como ves, es un asunto bastante serio porque España tiene 300.000 negocios de hostelería que con base a sus declaraciones de impuestos seguramente podrán acreditar que mantener sus establecimientos cerrados durante varios meses les supuso un perjuicio considerable y si el Tribunal Supremo estableciese que fueron obligados ilegalmente a mantenerlos cerrados tendrían derecho a cuantiosas indemnizaciones.

Por supuesto el nudo gordiano de este asunto es que el dinero con el que se van a pagar esas indemnizaciones no nace en los árboles y lo vamos a tener que poner entre todos. Si nos suben rápido los impuestos, lo sufriremos directamente en nuestras carnes y si el Estado pide prestado para pagar esas indemnizaciones, ya lo iremos pagando en impuestos futuros, es decir, o impuestos o impuestos y todo por la chapuza del gobierno socialista de no querer imponer un estado de excepción que daba al Gobierno poderes absolutos pero que también otorgaba ciertas facultades a los militares y, claro, hasta ahí podíamos llegar.

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4 COMENTARIOS

  1. Mi hermana tenía una tienda de ropa y con el confinamiento se le fue a tomar viento (anda que rima acabo de hacer) pero hace ya un par de meses me contó que ya tenía una oferta de unos abogados que se ofrecían a conseguirle una indemnización y solo cobraban una parte de lo que sacaran.

    Tengo que preguntarle a ver si se ha puesto con eso y como lo lleva y cuanto le han prometido esos abogados pagarle si es que se ha metido ya en todo el jaleo.

    • Gracias por tu comentario Paco. Te agradecería que si tienes noticias de cómo lo lleva volvieses por aquí y nos lo contases porque eso puede servir de ayuda para mucha gente que está en la misma situación.

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